MIéRCOLES 14 DE JULIO DEL 2004 / EDICION No. 23510 / ACTUALIZADA 1:22 am





EL HUMOR DE





Peligroso rechazo a veto

Consuelo Sandoval

La Asamblea Nacional rechazó ayer el veto a la Ley de Indultos que favorece a 23 mujeres que en su mayoría purgan penas por tráfico de drogas, contraviniendo la Ley 285, de Estupefacientes, Sicotrópicos, Otras Sustancias Controladas y Lavado de Dinero.

Esta decisión ha sido enfrentada por el Gobierno argumentando que los legisladores liberales y sandinistas tienen el propósito inmediato de crear el precedente legal necesario para una eventual liberación de Arnoldo Alemán, acusado por lavado de dinero, argumentando, al igual que en el caso de las indultadas, que lo hacen por razones humanitarias.

Pero la defensa de los diputados a este argumento “humanitario”, no sólo pone en evidencia un posible acuerdo político entre las dos bancadas mayoritarias, sino que también abre un debate sobre las facultades ilimitadas que según los diputados les concede la Constitución en materia de indultos.

La defensa de los legisladores a lo que, según juristas consultados, es una herencia “monárquica” incrustada en la Constitución sobre las facultades de los diputados “para conceder la gracia del indulto”, pone en evidencia la necesidad de reformar este poder de indultar incluso a reos con penas máximas por crímenes atroces.

“Si el proyecto de Ley No 488 (Ley de Indulto) nace a la vida jurídica y entra a formar parte de nuestro ordenamiento legal, se atenta gravemente la paz y la estabilidad social que han sido perturbadas por individuos y organizaciones criminales que se dedican al lucrativo pero inmoral negocio de traficar con drogas, así como a la actividad de lavado de dinero y activos provenientes de otras sustancias ilícitas, actuaciones que merecen el repudio absoluto de la sociedad nicaragüense, cuyos valores éticos, seguridad y estabilidad estamos obligados a garantizar y proteger”, advertía el veto presidencial.

La mayoría de legisladores señaló que tienen derecho a otorgar indulto e invocaron varios artículos de la Constitución Política que según su propia interpretación, les concede la prerrogativa de violentar una ley ordinaria cuando se opone a la Carta Magna, porque ahora alegan que la Ley 285 “es inconstitucional”.

“Tenemos facultad para indultar y la Ley 285 que es inconstitucional no puede estar por encima de la Constitución Política que nos faculta a indultar o conceder amnistía y es por eso que solicito rechazar este veto, estamos ante mujeres que por errores de la vida han caído en un delito que la Ley 285 castiga salvajemente violentando la Constitución cuando dice que no tienen derecho al indulto”, manifestó el diputado liberal Carlos Gadea.


TECNICISMO LEGAL

“Un indulto en sí mismo, tampoco crea precedentes hacia otros, puede en un momento determinado esta Asamblea Nacional encontrarse ante esta hipótesis jurídica, dos personas procesadas y condenadas por el mismo delito en el mismo tiempo de prisión efectiva pueden ser propuestas (a indultarse) y si la Asamblea decide otorga indulto a una sola de ellas, es técnicamente correcta la decisión porque un indulto no genera derechos hacia otros”, argumentó el jefe de la bancada Azul y Blanco, Orlando Tardencilla.

“Reclamamos que se respete la Constitución Política y este Poder del Estado, nosotros somos independientes y la Constitución Política nos da la facultad para indultar y ninguna ley se opone a la Constitución Política”, agregó Gadea.

Por su parte, la diputada sandinista, Felícita Zeledón, alegó que las mujeres favorecidas con el indulto enfrentan enfermedades terminales, crónicas y graves, además que tienen problemas con sus hijos que quedan abandonados y expuestos a integrarse a las pandillas por el cautiverio de sus madres.

La exposición de motivos del veto presidencial destaca que la aprobación del indulto sería contraria a la prohibición legal contenida en la Ley 285.

Decisión de legisladores rebasa posibilidad de liberar a Alemán

Deja al descubierto ilimitado poder de los diputados en materia de indultos


ARGUMENTOS TECNICOS

Artículos Constitucionales invocados por los diputados para violentar la Ley 285.

Artículo 138, inciso 3, estipula que son atribuciones de la Asamblea Nacional, conceder amnistía e indulto por su propia iniciativa o por iniciativa del Presidente de la República.

Artículo 182 “La Constitución Política es la carta fundamental de la República; las demás leyes están subordinadas a ella. No tendrán valor alguno las leyes, tratados, órdenes o disposiciones que se le opongan o alteren sus disposiciones”.

Artículo 183 “Ningún Poder del Estado, organismo de gobierno o funcionario tendrá otra autoridad, facultad o jurisdicción que las que le confiere la Constitución Política y las leyes de la República".
.


---
 

 

Derechos Reservados 2002. La información contenida en este medio de comunicación, no puede ser reproducida ni publicada, parcial o totalmente, en ningún otro medio de comunicación privado o público, sin el consentimiento por escrito de LA PRENSA S.A
 

 

Más de seis mil cédulas entregarán en Masaya

Partidos políticos en lenta presentación de candidatos

Sombra de Alemán debilita al PLC

Apre designa candidatos a Alcaldía de Managua

Peligroso rechazo a veto

Aprueban segunda reforma presupuestaria