MIéRCOLES 25 DE FEBRERO DEL 2004 / EDICION No. 23373 / ACTUALIZADA 02:30 am





EL HUMOR DE





Extradición de Casimirri en manos de la CSJ

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. No existe convenio de extradición con Italia, pero podría aplicarse el principio de “cortesía internacional”

La secretaria ejecutiva del Ministerio Público, Delia Rosales, entrega al secretario de la Sala Penal de la Corte Suprema, José Antonio Fletes, el expediente de solicitud de extradición del ciudadano Alessio Casimirri.

 

Ary Neil Pantoja
aryneil.pantoja@laprensa.com.ni

En un plazo no mayor de 60 días la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), deberá resolver sobre la solicitud de extradición del gobierno de Italia el que requirió al ciudadano Alessio Casimirri, sobre quien pesan dos condenas de cadena perpetua por múltiples delitos, una de ellas confirmada, de forma irrevocable, por la Corte de Apelaciones de la ciudad de Nápoles el 29 de mayo de 1987; y la otra por la Corte de Apelaciones de Roma, convertida en irrevocable el 3 de diciembre de 1991.

Entre los delitos imputados a Casimirri se cuentan asociación subversiva y participación en banda armada, para el caso de Nápoles; y para el de Roma, los ilícitos son asociación subversiva, participación en banda armada, secuestro de personas, homicidio agravado, lesiones personales agravadas, robo agravado, atraco, lesiones voluntarias y violación de la ley sobre armas, delitos cometidos de 1977 a 1980.

En 1996 la Corte Suprema rechazó una primera solicitud del gobierno de Italia de extradición de Casimirri. Esta vez la secretaria ejecutiva del Ministerio Público, Delia Rosales, se presentó a la Corte Suprema para entregar una segunda solicitud que hizo la Embajada de Italia ante este entidad.

Tras recibir el abultado expediente de manos de Rosales, el secretario de la Sala Penal de la Corte Suprema, José Antonio Fletes, dijo que el trámite de la extradición podría llevar unos dos meses conforme al procedimiento según el cual, explicó, será similar al aplicado a la extradición del ex regente del Distrito Federal de México, Oscar Espinoza Villarreal, con la salvedad de que entre México y Nicaragua existe un convenio de extradición, no así entre Italia y Nicaragua.

APLICA RECIPROCIDAD

Y pese a la posibilidad de que no haya un convenio de extradición entre ambos países, Fletes dijo que se podría recurrir a la figura del Derecho Internacional conocida como “cortesía internacional” que consiste en la aplicación de reciprocidad, es decir, que si ya antes Italia ha hecho algo similar por Nicaragua, Nicaragua debería hacerlo ahora por Italia.

Consultado al respecto, uno de los magistrados de la Sala Penal que prefirió el anonimato por razones de implicancia, aseguró que antes habrá que analizar la posibilidad de la prescripción de la solicitud de extradición o de los delitos por los que las autoridades judiciales italianas condenaron a Casimirri.

Conforme al procedimiento, después de recibida la solicitud, el siguiente paso es que Casimirri nombre a su abogado defensor y luego comparezca ante la Sala Penal del Poder Judicial.

Tanto la secretaria ejecutiva del Ministerio Público, Delia Rosales, como el secretario de la Sala Penal, José Antonio Fletes, evitaron opinar sobre la posibilidad de que la solicitud de extradición no prospere siendo que Casimirri asumió la nacionalidad nicaragüense en los años 80 y la Constitución Política prohíbe la extradición de cualquier ciudadano nicaragüense.
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