Avanza Ley de Arbitraje
 |
|
 |
Cámara de Comercio está cerca de concluir proyecto de ley de mediación en asuntos civiles para apoyar al Sistema Judicial |
|
|
La Cámara de Comercio de Nicaragua (Caconic), explicó a los medios de comunicación los avances del proyecto de Ley de Arbitraje. (LA PRENSA/O. Miranda)
|
|
Giselle Alemán Ayala giselle.aleman@laprensa.com.ni
La Cámara de Comercio de Nicaragua (Caconic) en coordinación con la Corte Suprema de Justicia (CSJ), se encuentran promoviendo la elaboración y aprobación de la “Ley de mediación, conciliación y arbitraje” que pretende simplificar los engorrosos conflictos judiciales.
Según el presidente de la Comisión de Arbitraje de la Caconic, Manuel Estrada Borge, Nicaragua es el único país de América Latina que no contempla en su legislación con una ley de resolución alternativa de conflictos, “lo cual nos pone en desventaja al momento de una controversia en el comercio internacional, ya que permite el ahorro de tiempo y dinero”.
SE AMPLÍA COBERTURA
Estrada señaló que la promoción de esta nueva ley nació con el objetivo de dar respuesta a los conflictos comerciales, sin embargo, se ha ampliado para que ésta pueda resolver diferencias comerciales, vecinales, comunitarias, problemas de propiedad y las que provengan de un contrato u otro tipo de relación.
Una vez que la ley haya entrado en vigencia, se deberá crear una instancia conformada por representantes de la sociedad civil y del Estado, quienes registrarán y acreditarán los centros de arbitrajes.
Cualquier organización de la sociedad civil podrá crear un centro de arbitraje, pero para ello deberán cumplir con una serie de requerimientos, que van desde la infraestructura del centro hasta la propuesta de una serie de árbitros que deberán ser profesionales en diferentes áreas como abogados, ingenieros, médicos, entre otros.
Adolfo Solórzano, miembro de la Comisión de Arbitraje de Caconic, aseguró que los Centros de Arbitraje ayudarán a las personas a resolver sus conflictos de forma simple, “es decir, que no deberán esperar años para que un Juzgado les otorgue un fallo”.
“Las personas que tienen un conflicto acudirán a un centro de arbitraje. Una vez en el lugar, éstas se someten a un proceso de mediación y conciliación donde cada parte expone personalmente a la otra sus afectaciones y entre ellos mismos procurarán encontrar una solución al problema. Si de esta forma no logran llegar a un acuerdo, entonces sí, deberán acogerse a un arbitraje”, señaló Solórzano.
HAY EXCEPCIONES
No todo puede ser objeto de arbitraje, por ejemplo:
Los casos penales
Las demandas de alimentos
Los casos relacionados con herencias
Los casos del estado civil de las personas
Las investigaciones de paternidad entre otras
MEDIACIÓN
El arbitraje consiste en que las partes voluntariamente ponen en manos de un tercero neutral (tribunal) la solución de su controversia en el ámbito civil. Dicho árbitro decidirá cuál de las partes tiene la razón, mediante una sentencia que tendrá carácter definitivo, explicó el abogado César Vega.

|