Contralor Montenegro por extradición de Spencer
 |
|
 | Afirma que el Poder Judicial tiene la gran oportunidad de sentar en el banquillo de los acusados al ex presidente del Banic, sin embargo, éste goza de inmunidad por ser diputado en el Parlacen |
|
El contralor colegiado Luis Ángel Montenegro, muestra un informe preliminar de la Contraloría sobre el caso del Banic. |
| |
Adolfo Olivas Olivas/Corresponsal nacionales@laprensa.com.ni
ESTELI.- El contralor colegiado Luis Ángel Montenegro, sostiene que existen pruebas contundentes para solicitar la extradición de Donald Spencer y Orlando Castro, presidente y gerente general del extinto Banco Nicaragüense de Industria y Comercio (Banic), para que respondan ante la justicia de Nicaragua por daños económicos contra el Estado, que ascienden preliminarmente a 20 millones de dólares.
Montenegro, señaló que la Contraloría continúa con las investigaciones del caso y que probablemente esa cantidad sea muy superior a los 20 millones de dólares.
En el Juzgado Penal a cargo del doctor Edgard Altamirano, en Managua, se ventila un juicio criminal en contra de quienes eran los miembros y funcionarios ejecutivos del Banic, acusados de la quiebra fraudulenta de la institución bancaria. Spencer fue presidente de la Junta Directiva desde 1997 hasta su capitalización. Actualmente es diputado al Parlamento Centroamericano y goza de inmunidad.
Montenegro, reiteró que la Contraloría General de la República está a la espera que el juez de la causa les mande un oficio para que el órgano fiscalizador facilite pruebas documentales sobre las irregularidades cometidas antes de la privatización parcial del Banic.
Según Montenegro, de manera preliminar la Contraloría detectó una pérdida de 20 millones de dólares en perjuicio del Estado de Nicaragua, de los cuales supuestamente siete millones 350 mil dólares se los llevaron Donal Spencer y Orlando Castro, presidente y gerente general del banco desaparecido. Castro actualmente reside en Honduras.
También apuntó que Spencer, el diputado Eduardo Mena, Mariano Zelaya Rojas —actual asesor del Ministro de Gobernación— y otros miembros de la entonces Junta Directiva, “se llevaron de manera ilegal en concepto de honorarios, bonificaciones y otros premios, la cantidad de 11 millones 336 mil córdobas en tiempos de la privatización del Banic”.
Manifestó que la Corte Suprema de Justicia confirmó una resolución de la Contraloría General de la República, sobre la aprobación ilegal del dinero, pero que el Gobierno ni siquiera se ha preocupado por reclamarlo.
EXTRADICIÓN
Agregó que no es nada complicado llegar al fondo y esclarecer la quiebra del Banic, sino que en este momento lo importante es la “gran oportunidad que tiene el Poder Judicial para sentar en el banquillo de los acusados a Donald Spencer, presidente de la Junta Directiva, y otros miembros de la Junta, así como también a Orlando Castro, el gerente general y otros funcionarios que se coludieron para llevarse del banco créditos dirigidos a sus empresas con garantías irrisorias o inexistentes”.
RESPONSABILIDAD DEFINIDA
El funcionario del ente fiscalizador, advirtió que las responsabilidades en torno a las irregularidades que conllevaron a la quiebra del Banco Nicaragüense, están repartidas entre los miembros de la Junta Directiva y del Comité de Crédito.
Algunos de los ex funcionarios del Banic señalados en el juicio, han declarado que ellos solamente firmaban los créditos y que nada tuvieron que ver en la quiebra del banco.
Sin embargo, Montenegro al brindar declaraciones a periodistas de Estelí, dijo que la “responsabilidad está claramente definida por la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, ya que según el artículo 155, las máximas autoridades de cualquier institución del Estado son las responsables de los actos o resoluciones de su autoridad o aprobados por ellos”.
Hizo referencia también al artículo 35 de la Ley de la Superintendencia de Bancos (SIB), que indica que los miembros de la Junta Directiva de un banco responderán personal y solidariamente con sus bienes por las pérdidas al autorizar operaciones prohibidas, a menos que hayan razonado su voto.
“Debe quedarse completamente claro, que ni los miembros de la Junta Directiva, ni el personal o ejecutivo o los Comités de Crédito pueden argumentar que firmaron por orientaciones superiores, ya que la ley establece claramente que cuando uno recibe una instrucción que no comparte con sus superiores, debe hacerlo por escrito y una vez que lo confirman que tiene que hacerlo, de esa forma se releva su responsabilidad”, expresó Montenegro. 
|