Iniser y su juicio con sentimiento y emoción
Guillermo Areas Cabrera opinion@laprensa.com.ni
Los maestros enseñan que no basta con tener el derecho de nuestra parte, también hay que saber pedirlo. ¿Supieron los abogados de Iniser en el caso de Agroinsa pedir su derecho? También es necesario recordar que la casación ante la Corte Suprema de Justicia se prepara. A como diría el presidente Enrique Bolaños, primero se raya el cuadro y después se juega. ¿Supieron los abogados de Iniser rayar el cuadro para llegar a la Corte Suprema?
Lo anterior es una fase del juicio, la otra fase es la postura de la directiva de Iniser en el sentido de que los activos de ésta son inembargables. Dicha posición ha sido sostenida más con sentimiento y emoción que con argumentos legales. Mis sentimientos igual que el del resto de los nicaragüenses están a favor de que no se perjudique a Iniser, pero el declarar que los bienes de Iniser son inembargables por ser las acciones del estado coloca en una situación muy difícil al ente asegurador. Esta declaración le acarrea más perjuicios que beneficios. El principio de igualdad ante la ley se violaría al poderse embargar las otras aseguradoras e Iniser no. ¿Qué garantía tengo yo entonces en caso de una diferencia de opinión con Iniser referente al pago o no pago de una póliza? ¿Qué medios de coacción legal o que medidas precautorias para garantía de mis derechos puedo ejercer si Iniser es inembargable? ¿Cómo puedo yo garantizar las resultas del juicio principal si éstos son a mi favor?, ya que Iniser tiene un estatuto de garantía por encima de mis derechos y me lanza a un litigio contra un ente todo poderoso como es el Estado. En lo personal, y creo que el resto de colegas del país estarán de acuerdo conmigo en que no se puede recomendar a Iniser a los clientes como compañía aseguradora el cumplimiento de sus obligaciones está a la voluntad de una Junta Directiva y no de las leyes a las cuales están sometidas el resto de aseguradoras, hecho que no permite el ejercicio de mis derechos.
De acuerdo a los sabios de ayer ( Pallais Godoy, Ortega Aguilar, Areas Rojas, Berríos Delgadillo, Herdocia Lacayo), Iniser es una empresa independiente creada por el Estado para la realización de una actividad concreta, de una actividad mercantil, como es la del comercio de seguros con una finalidad predominantemente económica y la cual se rige por el Derecho Mercantil, Civil y Laboral. No se le aplica lo Contencioso Administrativo y está inscrita como comerciante, e inscritos los bienes a su nombre, no bajo la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas. El Estado salió de su ámbito del Derecho Público y por su expresa voluntad creó una sociedad del ámbito del Derecho Privado, con una personalidad jurídica diferente a la estatal. Dentro de esta ficción jurídica creada por las leyes, las acciones de Iniser son del Estado, (respaldan el aporte hecho) y por lo tanto inembargables, pero los bienes muebles, efectivo, inmuebles y depósitos (activos fijos y circulantes) son de una tercera persona que se llama Iniser, y ellos si son embargables, pues responden por sus actividades mercantiles con tercero. Las acciones mías de la sociedad XYZ respaldan el aporte de capital que yo efectúe, ya fuese en efectivo o bienes inmuebles, pero el efectivo o bien inmueble aportado es de la sociedad, ya no es mío.
Querer vender la idea de manera publicitaria de que los bienes de Iniser son inembargables, perjudica al estado de derecho que desean construir y el beneficio que pueden obtener de vivir en un Estado donde impere la ley. Si los fallos no son ajustados a derecho se debe procurar un mejor sistema judicial.La declaración de los asesores y directivos de Iniser pone en una posición bien difícil a ésta, pues si la CSJ dice que los bienes de ésta son embargables es acabar con Iniser pues van a la subasta y si dice que son inembargables también quiebran a Iniser, pues estarían manteniendo en el campo del Derecho Privado un ente con prerrogativas de Derecho Público, ¿y quién se aseguraría con Iniser, cuando sabe que no puede garantizar sus derechos en caso de un reclamo? A este respecto es interesante la sentencia del 17/2/03 de la Juez Primero de Distrito Civil, donde jurídicamente explica por que, aún cuando el mayor porcentaje de acciones de Enitel son del Estado, estos bienes son embargables, en su totalidad. No habrá forma de buscar un arreglo y salvar a Iniser.
El autor es abogado y notario 
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