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MARTES 7 DE ENERO DEL 2003 / EDICION No. 22964 / ACTUALIZADA 02:00 am
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Clonación se permitirá con fines terapéuticos

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.Propuesta de nuevo Código Penal estipula sanciones para quien altere los genes humanos por causas no médicas

 

Arturo Mcfields Yescas
arturo.mcfields@laprensa.com.ni

La clonación en Nicaragua podría ser legalizada con fines terapéuticos. De acuerdo a lo establecido en el artículo 147 del proyecto de Código Penal, la manipulación genética podría encontrar puertas abiertas en nuestra país durante los próximos años.

El artículo 147 del Código Penal establece que “quien altere el tipo de la estructura vital o el genotipo por manipulación de genes humanos, por razones distintas a las terapéuticas, será penado con prisión de uno a tres años e inhabilitación especial de dos a cinco años”.

Para el diputado Noel Pereira Majano, Nicaragua está entrando una etapa de modernidad y cambio y si no toma en serio la clonación y la manipulación genética podría sufrir sus consecuencias tarde o temprano.

“Hay que tomar cartas en el asunto. El Código todavía no se ha aprobado, es decir estamos sin ley sobre el tema de la clonación y no hay crimen sin previa ley. No existe delito si no existe sanción y eso es peligroso”, subrayó Majano.

El parlamentario sostiene que “el mundo esta dividido en dos, entre los que quieren la clonación como un avance de la ciencia moderna y los que sienten amenazados sus valores éticos y morales por personas y grupos que quieren jugar a Dios”.

PENAS DE PRISIÓN

La iniciativa establece que “quien experimente o manipule clonación con células humanas, con fines de reproducción humana, y la creación de seres humanos idénticos por clonación u otro procedimiento dirigido a la selección de la raza, será sancionado con pena de tres a seis años de prisión e inhabilitación especial de cuatro a siete años”.

Por su parte, el diputado Wálmaro Gutiérrez manifestó que Nicaragua se ha quedado viviendo en el siglo pasado en lo referente a la legislación penal y por eso seguimos sin leyes sobre temas vitales como la manipulación genética y la clonación.

“El Código está desde el 2001, y en el 2002 la Comisión no hizo nada por aprobarlo. Creo que el caso de la clonación es como el aborto que se puede permitir con fines terapéuticos, pero en lo personal no estoy de acuerdo, este tema ha generado mucha controversia y queremos estudiarlo con ayuda de especialistas”, subrayó.

El acápite tercero del anteproyecto también establece que “quien utilice la ingeniería genética para la producción de armas biológicas con capacidad para exterminar la especie humana, será sancionado con pena de cinco a ocho años de prisión”.  
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