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JUEVES 24 DE ABRIL DEL 2003 / EDICION No. 23068 / ACTUALIZADA 02:30 am
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El que calla otorga

Algunos editoriales de LA PRENSA provocan entre ciertos lectores encontradas reacciones. Mientras para unos son planteamientos correctos que deberíamos hacer más a menudo, para otros es indebido que tomemos partido sobre los asuntos que están en el debate público, y sobre todo que comentemos editorialmente artículos y cartas que se publican en estas mismas páginas de Opinión.

Criticar editorialmente a las opiniones que se publican en el mismo Diario significa caer en un “dime que te diré”; es como aplastar a las personas cuyos puntos de vista se publican en estas páginas, nos dicen algunos lectores. Y también hay quienes señalan que los editoriales de LA PRENSA deben colocarse por encima de las posiciones políticas e ideológicas, como en una especie de señorío moral.

Se trata, sin duda, de opiniones muy respetables que apreciamos debidamente, y las agradecemos. Sin embargo es necesario aclarar que no es cierto que todos los artículos y cartas que se publican en LA PRENSA son comentados o refutados en la columna editorial, sólo cuando se nos imputan hechos falsos o intenciones malévolas.

Consideramos que es nuestra obligación responder en esta columna editorial siempre que se ataque a LA PRENSA, inclusive y sobre todo si se hace dentro de sus mismas páginas, enarbolando la verdad cuando estamos seguros nos asiste, o dando la razón a quien nos critique de buena fe y demuestra que cometemos errores o que nos hemos equivocado en algún juicio de valor.

Por eso fue que nos referimos a quienes consideran que es impropio de nuestra parte calificar como intolerancia y totalitarismo ideológico la acusación criminal contra determinadas personas porque piensan y expresan sus ideas distintas a las de quienes acusan; o cuando se nos imputó que inventamos nombres para atacar mediante artículos anónimos a la Corte Suprema de Justicia.

En realidad, no hay ninguna regla legal ni principio de deontología periodística que prohíba comentar en el Editorial (cuya elaboración se basa en nuestro documento de Principios Éticos del Editorialista) los materiales de opinión que se publican en el mismo Diario. Además, el que calla otorga, dice la sabiduría popular. Y en efecto, si calláramos ante imputaciones como la antes mencionada los lectores de LA PRENSA creerían que son ciertas semejantes falsas acusaciones.

Por otro lado, ayer publicamos una carta del secretario de la Presidencia de la República, doctor Julio Vega, quien refuta el editorial de LA PRENSA del 16 de abril corriente (“Secretaría de confusión Estado-partido”), en el que criticamos que un secretario de Estado pagado con los impuestos de todos los nicaragüenses —que pertenecen a los diversos partidos o que no son miembros de ninguno—, se dedique a actividades estrictamente partidistas como son las de tratar de unificar a una amplia gama de pequeños partidos liberales.

Al respecto tenemos que insistir en que las secretarías de la Presidencia de la República no son constitucionales, pues no están incluidas en los artículos 151, 152 y 153 de la Constitución que determinan la integración del Poder Ejecutivo. Y si bien es cierto que la Ley 290 faculta al Presidente de la República a crear las secretarías que quiera, ésta es una ley secundaria que como muy bien se sabe aprovechó el ex presidente Arnoldo Alemán para crear cargos compensatorios a algunos ministerios y viceministerios que fueron eliminados por sanidad administrativa y presupuestaria, y de esa manera seguir teniendo prebendas para repartir entre sus allegados.

Además, en las atribuciones de la Secretaría Política señaladas en el Decreto Ejecutivo que la creó, no se dice que sus funciones son hacer labor política partidista y unificar retazos de un partido, y sería el colmo que así lo dijera.

Los contribuyentes no tienen por qué financiar a una secretaría de acción partidista del Presidente de la República. En todo caso dicha secretaría debería ser para “coordinar armónicamente” a los poderes del Estado, que es lo que manda y autoriza el artículo 129 de la Constitución, no la de armonizar intereses particulares de los políticos liberales.

Esto, repetimos, es una lamentable reiteración de la confusión Estado-partido y una de tantas formas de la corrupción gubernamental.  
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