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SáBADO 5 DE ABRIL DEL 2003 / EDICION No. 23052 / ACTUALIZADA 06:58 pm
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"Más de 40 mil infracciones al año"

Arquímedes González
arquimedes.gonzalez@laprensa.com.ni

Durante el foro virtual con los lectores del sitio web de LA PRENSA, el Comisionado Álvaro González, Segundo Jefe de Seguridad de Tránsito Nacional, afirmó que un 40 por ciento de las multas que se aplican al año a los infractores, la concentran los buseros y taxistas. Además, afirmó que la nueva Ley de Tránsito multará a las personas que utilicen celular, incluyendo a aquellas que usen el sistema de “manos libres”.
González explicó a lectores de LA PRENSA, inquietudes sobre la aplicación de la nueva Ley de Tránsito, entre ellas, el uso de cinturones de seguridad, obtención de licencias, pago de impuestos y registro de propiedad vehicular.

Managua/Nicaragua
Ingeniero
René Gallo Medina
orgm61@yahoo.com

Estimado Comisionado González, mi pregunta es la siguiente: ¿Qué pasa en el caso de que los menores de edad esta ley no los cubra y qué medidas van a tomar contra ellos, cuando violen la ley?

Señor Gallo si su pregunta se refiere a licencia de conducir, la ley de Tránsito en su art. 150, establece los requisitos para la obtención de Licencia a los menores de edad ( mayores de 16 menores de 21) los cuales deben presentar obligatoriamente el seguro de conducir y una fianza solidaria

Managua/Nicaragua
Lic. en inglés
Zoraida G. Aguilar
zblessing@hotmail.com
El Arto. 38 de la Ley no establece sanciones si el conductor no tiene extinguidor. ¿Cuál es la sanción?

Señora Aguilar: Al no contemplarse en el artículo 26 de la ley 431 “Valor de la multa por Infracciones de tránsito” por lo tanto en base al artículo 38 la Dirección de Seguridad de Tránsito con autoridad de aplicación de la Ley lo establece en su normativa como requisito al momento de realizar las inspecciones Técnicas Mecánicas y/o presentar factura de compra del mismo al realizar cualquier trámite en el Registro de la Propiedad Vehicular

Managua/Nicaragua
Comerciante
jmantica@cablenet.com.ni
José Mántica

Acabo de renovar mi licencia de conducir. ¿Es cierto que pronto hay que sacar otra completamente nueva, y si es así, cuál sería el costo?

En el mes de mayo si usted es de Managua, a partir del 24 de Marzo de este año la Dirección de Seguridad de Tránsito emitió Licencias Provisionales de conducir, las cuales serán requisito indispensable a ser presentada en el caso de la cuidad capital, en el Distrito Policial donde usted ubica su residencia, para que se le emita sin costo alguno la nueva licencia de conducir con material PVC, por una vigencia de cinco años.


Managua/Nicaragua
Lic. en Informática
Oscar Chavarría
chavarriaoscar@yahoo.com

¿Será que ahora sí saquen de circulación a las chatarras asesinas que se hacen pasar de buses. Y por qué siempre andan buses tirando humo a cantidad cuando supuestamente pasan una inspección?

Señor Chavarría: La ley 228 de Vehículo y Tráfico de 1938, con la cual Tránsito Nacional regulaba la circulación vehicular, establecía que esta autoridad estaba facultada para garantizar las condiciones mínimas de seguridad del estado técnico de los vehículos. En este sentido, las inspecciones técnicas estaban dirigidas a garantizar el buen estado de los sistemas de frenos, sistema de suspensión, sistema de dirección sistema eléctrico y en menor medida el motor.

Managua/Nicaragua
Ing. en Computación
roberta.lopez@corporacion.teran.com.ni
Roberta López

¿Hasta cuándo se le dará prórroga a los vehículos que no tengan cinturón de seguridad?

Señora López: El artículo 161 de la Ley 431 establece un período de seis meses para los conductores normalicen las situaciones de sus vehículos. Ese período expira el 24 de Septiembre del 2003.

León/Nicaragua
Ingeniero en Sistemas
César Lanuza
clanuza@yahoo.com
¿Se ha creado una nueva ley de tránsito, pero con esta ley, cree que se disminuirá la corrupción de la Policía hacia los conductores y viceversa?

Señor Lanuza: La Policía Nacional basa su quehacer policial en los principios y valores de la institución, entre los cuales se encuentra la integridad y servicios de la comunidad. Si los policías actuamos bajo estos principios, estaremos contrarrestando los actos de corrupción en la misma, sin embargo aprovecho la ocasión para instarlo a usted y a todos los conductores de este país a que asuman su responsabilidad al momento infringir la ley de tránsito, es decir que se asuma el pago de la multa y no prestarse al actos de soborno por esta parte.

Managua/Nicaragua
Administrador
José Urbina
josedolores@hotmail.com

¿Harán una reubicación de los relojes de control de los buses interurbanos? En los semáforos de Rubenia viniendo de N a S, está un reloj para los buses de Tipitapa a 10vrs del semáforo.

Señor Urbina: Estaremos coordinando con los presidentes de cooperativa de los buses de Tipitapa para atender su observación.

Boaco/Nicaragua
Chofer
Eduardo Almanza
camo1771@bellsouth.net

¿Dónde puedo (en que web site?) encontrar, leer, y analizar la Ley de Tránsito?

Señor Almanza: Usted puede leer la Ley 431 “Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito” en la siguiente dirección: www.policia.gob.ni

Masaya/Nicaragua
INGENIERO
Rogelio Cuadra
rogeriocc@hotmail.com

Mi licencia vence el 17 de noviembre del 2004. Con las nuevas leyes tengo que cambiar la licencia o sigo con la misma, actualmente resido en Puerto Rico.

Señor Cuadra: Con su licencia puede manejar perfectamente. Después del mes de mayo del corriente año podrá dirigirse a la delegación policial del departamento donde usted vive a tramitar su nueva Licencia PVC con sus aranceles correspondientes.

Chichigalpa/Nicaragua
Ingeniero Mecánico
Iván Santamaría Prado
ivansantamariap@hotmail.com

¿Un oficial de tránsito puede multar al conductor de una motocicleta porque el acompañante no porta el casco?, ¿No considera fuera de lugar esta situación?, La ley no está clara en ese sentido

Señor Santamaría: En el artículo 37 de la Ley 431 “Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito” establece que el conductor de motocicleta y su acompañante deben usar casco mientras viajen en la misma, y el inciso 26 del artículo 26 establece la multa pecuniaria por conducir motocicleta sin el casco de protección. En este caso es responsabilidad del conductor de la moto que su acompañante use el casco de protección.

Miami/U.S.A.
Contador
Rafael Cubillo
payocubillo28@hotmail.com

Soy rivense. En la carretera los rótulos dicen 30 kilómetros por hora. ¿Por qué } no agregan a la entrada de los colegios, de 6:45am a 7:15am, etc etc. Se evitarían accidentes. Además, deben tener mano dura con los furgoneros extranjeros que pasan como bólidos.

Señor Cubillo: La ley 431 “Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito”, establece las siguientes velocidades: 45 km en los casco urbanos, 60 km en pista y 100 km en carretera. Las señales actuales tendrán que ser modificadas en corto tiempo, no obstante la Policía Nacional, por medio del uso de radares, está tratando de incidir en este fenómeno.

Managua/Nicaragua
Ing. Electrónico
Ulises Morales
ulisesmorales@ifxnw.com.ni

¿Se puede usar el manos libre para hablar por celular manejando o la ley lo prohíbe también?

Señor Morales: El inciso 25 del artículo 26 “Valor de las Multas por infracciones de Tránsito” establece la multa pecuniaria por conducir atendiendo celulares. Está demostrado que con sólo el echo del repique del celular, se pierde inmediatamente la atención y la concentración que se tiene sobre las personas y demás elementos de la vía, por lo que recomendamos que si usted está conduciendo, detenga su vehículo en un lugar seguro para contestar su teléfono o se lo conteste un acompañante suyo. Estamos normando prohibir hablar con manos libre.

Carolina/USA
Abogado
Evert Cerda
e_cerda@msn.com

¿Qué pasará con algunos nicas que vivimos en el extranjero y tenemos licencias viejas y qué pasa con algunos a los que se les han perdido las licencias nicas?

Señor Cerda: Puede optar a la renovación de su licencia o reponerla en el caso de pérdida, siempre y cuando pague sus aranceles y cumpla con los requisitos establecidos.

Managua/Nicaragua
Estudiante
Jonathan González
jgonzalez78@hotmail.com

¿Cuánto me cuesta el trámite de cambio de circulación de mi vehículo y en caso de no hacerlo, de cuánto es la multa? Gracias

Señor González: Si el vehículo no está a nombre suyo tiene que realizar evaluó catastral y pagar el 4% sobre el valor catastral, pago de cambio de dueño (50.00 córdobas), pago de circulación (50.00 córdobas) y derecho de matrícula de calcomanía (125.00 córdobas).No existe multa por este cambio, pero si usted no realiza su cambio y este vehículo se ve involucrado en algún problema ilícito, se perseguirá al antiguo dueño del vehículo.

San Carlos/Nicaragua
Ecóloga
Olga Centeno
olgacenteno@hotmail.com

¿Cómo se hará en trámite de licencia en los municipios si no hay escuela de manejo?

Señora Centeno: Tránsito departamental va a crear su centro de Educación Vial en el cual podrá optar a realizar los exámenes correspondientes para su licencia. También estaremos certificando escuelas de manejo privadas para realizar este trámite.

Miami/USA
Abogado
JICARDOZE@AOL.COM
Julio Ignacio Cardoze

¿Por qué razón los buses de pasajeros en Managua se regulan por la ley de la selva sin que nadie los pare ni los sancione de alguna forma. El que no se aparta, vehículo o peatón, es atropellado?

Señor Cardoza: Al año en Nicaragua se aplican aproximadamente 40 mil infracciones, el cual el 40% se les aplica a buseros y taxistas. Por otro lado, hemos tenido reuniones con estos transportistas a los cuales se les hacen seminarios y sugerencias para que empleen técnicas.

Managua/Nicaragua
Lic. en Informática
Oscar Chavarría
chavarriaoscar@yahoo.com

¿Será que ahora sí saquen de circulación a las chatarras asesinas que se hacen pasar por buses. Y por qué siempre andan buses tirando humo a cantidad cuando supuestamente pasan una inspección?

En el plan chatarra II etapa se han sacado de circulación aproximadamente 1,400 buses por diferentes fallas en sus sistemas los cuales han reparado su problema, y con la nueva ley 431 “Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito”, se les está exigiendo el escape vertical.


Managua/Nicaragua
Técnico en Computación
Miguel Betancourt
miguelbetancourt17@hotmail.com

¿Se contempla prohibir el uso de vidrios polarizados en los autobuses?

Señor Betancur: Si, se les está prohibiendo en la parte delantera y trasera pero no en los costados del bus.

Managua/Nicaragua
Secretaria
Luisa Magaly
luisamagy@hotmail.com

¿Sería posible que la nueva ley regule cosas como la buena iluminación dentro de las unidades de transporte colectivo?

Señora Magaly: Sí podemos regularlo por la vía de las inspecciones mecánicas y podemos exigirle la buena iluminación dentro de los buses.

Managua/Nicaragua
Militar
Porfirio Padilla
grupoinf@tmx.com.ni

¿Por qué la ley no contempló retirar a vendedores de los semáforos, siendo estos un obstáculo para la segura circulación vehicular?

El problema de los vendedores en los semáforos es un problema de competencia del Ministerio del Trabajo, del Ministerio de la Familia y en general es un problema económico y social, de políticas del Estado. No es un problema estrictamente de carácter policial.