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MIéRCOLES 25 DE SEPTIEMBRE DEL 2002 / EDICION No. 22862 / ACTUALIZADA 1:30 am
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Relación de la justicia con la economía

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Sergio J. Cuarezma Terán*

La solidez de las instituciones de justicia y del Estado de Derecho, en cualquier país, constituye la base del buen funcionamiento de las instituciones políticas y de los procedimientos democráticos. Hay un vínculo axiológico y práctico entre la calidad del Estado de Derecho y la estabilidad política y el desarrollo económico y social del Estado. Esta correlación de las sociedades y una creciente expectativa que se vincula con estándares de mayor acceso a los sistemas de justicia y de resolución de conflictos, con un derecho a la satisfacción de expectativas de derechos y garantías. Hoy día, el desarrollo debe sustentarse en mayores niveles de equidad y de acceso de todas las personas a las oportunidades.

No existe ninguna duda que la reforma del sistema de justicia debe asegurar la seguridad jurídica para el desarrollo económico y asegurar que las normas no sólo se apliquen, sino que exija su cumplimiento efectivo. El valor de la justicia concebido como aplicabilidad o exigibilidad permite identificar violación al orden jurídico y sancionar al transgresor o reparar el daño a favor de la víctima. Sin embargo, la reforma de la justicia también es vital para la realización efectiva de la democracia y los derechos humanos, recogidos en buena parte de las Constituciones Políticas de la región pero sin posibilidad de realizarse.

En el contexto de este proceso complejo de reforma de la justicia, no debe sorprendernos que las reformas económicas, estructurales que se vienen llevando a cabo en muchos países en desarrollo impulsan a los de la región a abordar la reforma de la justicia como complemento necesario a la reforma económica y no como en lo que en realidad debe ser, un camino para el mejoramiento del Estado de Derecho y de la democracia y de mayor respeto para los derechos humanos. Lo cierto es que ambas categorías deben de mantenerse en un plano de igualdad, ya que son el fundamento vital del Estado de Derecho. Hay un acuerdo común, que el proceso de liberación económica que vive la región plantea relevantes exigencias de reformas legales e institucionales, necesarias para asentar estratégicamente esos procesos y, a la vez, para hacer frente a las múltiples desigualdades sociales heredadas y provocadas por modelos económicos desprovistos en su funcionamiento de un perfil humano.

También, debe evitar caer en la tentación de pretender, con el objeto de favorecer en extremo a la seguridad de la inversión económica (que se revierten al final contra ella misma), de instaurar en los países de la región una “justicia rápida” (“fast justice”) con la promoción e institucionalización de sistemas de factos o “alternativos a la justicia” que privatiza la justicia penal y, por tanto, altera el sistema de legalidad vinculado al Estado de Derecho y promueve procedimientos “reacios a los preceptos éticos, que nada tienen que ver con la justicia ni la equidad”.

Los derechos humanos, deben ser, ante todo, garantizados por los gobiernos y, en especial, por los poderes judiciales nacionales. Los organismos internacionales, políticos o jurisdiccionales, no son más que reaseguros que operan cuando fallan las garantías nacionales, pero jamás pueden sustituir a éstas. Por tanto, ésta debe superar la tendencia predominante de una reforma con directrices técnicas y económicas.

* El autor es Catedrático de Derecho Penal y Criminología.
cuarezma@hotmail.com  
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