“Campanazo” por pruebas de ADN sin control legal
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Los laboratorios del Centro de Biología Molecular de la UCA fueron los primeros lugares en Nicaragua en donde se utilizaron pruebas de ADN para la solución de casos de violación. |
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Moisés Martínez moises.martinez@laprensa.com.ni
El último “boom” en series televisivas policíacas en los Estados Unidos se llama CSI (Crime Scene Investigation), y narra las pericias de un equipo especial de oficiales que cumplen la ley usando un microscopio y tubos de ensayo en vez de pistolas y esposas.
Todos los capítulos de esta serie televisiva culminan cuando el culpable de algún horrendo asesinato es puesto tras las rejas por dejar en la escena del crimen alguna muestra de pelo, sangre e incluso sudor, que es extraído por estos especialistas, para luego a través de su ADN (ácido desoxirribunucleico) determinar su responsabilidad en el delito.
A pesar de ser una serie de ficción, no está muy alejada de la realidad. La Policía de los países desarrollados cada vez utiliza más este tipo de métodos científicos para resolver casos, que debido a su “limpieza”, son imposibles de aclarar a través de los procedimientos investigativos convencionales.
AVANCE SILENCIOSO
Sin embargo, calladamente, desde hace dos años, la Policía Nacional está utilizando este tipo de procedimientos científicos para determinar la responsabilidad de algún individuo en casos de violación.
Debido a la falta de un laboratorio con la tecnología necesaria para realizar este tipo de pruebas, la Policía Nacional ha estado acudiendo a los especialistas de la Guardia Civil Española para esclarecer este tipo de delitos, con el inconveniente que los resultados llegan a nuestro país tres meses después de su envío.
No obstante, la Universidad Centroamericana (UCA) a través de su Centro de Biología Molecular recientemente anunció la apertura del primer archivo de datos de ADN de Nicaragua.
IDEA INICIAL
Aunque la idea inicial de este archivo era tener la más completa información sobre los diversos perfiles genéticos de la población nicaragüense, la existencia de este archivo de ADN en la universidad significa la presencia en el país de la tecnología necesaria para poder realizar pruebas científicas en casos criminales.
La Policía Nacional no perdió la oportunidad y solicitó a la UCA su colaboración en casos de violación y paternidad. La universidad, movida por su interés académico, aceptó y por ende ha estado directamente involucrada en el esclarecimiento de algunos delitos, según nos informaron autoridades del Centro de Biología Molecular.
Sin embargo, todas estas actividades se han venido realizando sin una normativa o regulación de la institución más competente, en este caso es el Ministerio de Salud. Todos los consultados reconocieron que debido a la complejidad científica de estos nuevos tipos de pruebas y su reciente uso, es que dicha normativa no existe, pero se declararon dispuestos a que se dé.
En lo que sí se presentaron profundas diferencias es en la validez de las pruebas realizadas por la UCA, las que según el subcomisionado Javier Carrillo, jefe del Laboratorio Central Criminalístico de la Policía Nacional, sólo constituyen un elemento más en el proceso de investigación de un caso de violación, pero no determinante al momento de emitir una sentencia en el proceso.
JEFE POLICIAL MINIMIZA
“Hasta ahorita, es poco o nada. Es sólo a nivel de investigación. No podemos tomar nada de lo que nos dé la UCA como un elemento presuntivo o confirmativo. La prueba de la UCA en lo que nos ayuda es a sospechar que estamos frente a una evidencia positiva. Nos ayuda más en casos de parentescos, ellos nos pueden acercar en un 40 por ciento a descubrir al verdadero padre de un niño, o si el cadáver de una persona desconocida responde a alguien cercano. Para eso usamos los marcadores que tiene la UCA”, dijo Carrillo.
Incluso, aseguró que hasta la fecha no se ha emitido ningún peritaje en que aparezca el análisis realizado en la UCA como un elemento importante, quedando su aporte como “una consulta profesional”.
“Queda a nivel de consulta profesional. Si hay un análisis interno en base a lo que ellos tienen, eso lo completamos con el resto de la investigación y en la medida en que se haya involucrado, mencionamos su participación. En muy poco la UCA ha participado de manera directa, la mayoría de peritajes de ADN la hemos evacuado a través de la Guardia Civil de España”, aseguró Castillo.
PRUEBA ES TAN BUENA COMO LA DEL FBI
A juicio de Carrillo, esto se debe a que el análisis realizado en España representa un porcentaje mayor de confiabilidad, mientras que la prueba de la UCA sólo representa un 40 por ciento de confiabilidad en su prueba.
Sobre este punto, Jorge Huete, director del Centro de Biología Molecular de la UCA, dijo que esto podría haberse dado en la etapa inicial de las investigaciones, pero que la prueba realizada en la universidad es tan confiable tanto como la hecha por el mismo FBI.
“Debe haber sido en el momento inicial de las investigaciones cuando nosotros no teníamos implantada la tecnología. Hoy en día nosotros contamos con ocho marcadores moleculares. Tenemos los marcadores suficientes para realizar una prueba confiable igual a la del FBI y la Policía española, con la diferencia que los resultados los tenemos en un día y no hay que esperar tres meses como cuando se mandan a España”, informó Huete.
NORMATIVA NO EXISTE POR DESCONOCIMIENTO
Sea como sea, el hecho es que la legislación penal nicaragüense admite las pruebas científicas como parte de cualquier proceso judicial e incluso puede ser causa de la encarcelación o libertad de algún sospechoso.
Según el conocido abogado penalista Boanerges Ojeda, el hecho que un judicial tome en cuenta una prueba científica para incidir en su decisión sobre un proceso judicial, debe servir de campanazo de alerta para que se desarrollen una serie de normativas para su uso.
“A medida que su uso se vaya extendiendo, va a ser preciso regularlo, normar el uso de la misma, ya que puede darse que como no está bien regulado, se preste a manipulación por partes interesadas que tengan acceso a este tipo de conocimientos o experiencia técnica, poniendo en desventaja a la otra parte del proceso. El uso y el manejo de las pruebas, tiene que ser regulado por la Ley”, dijo Ojeda.
“El Minsa podría involucrarse viéndolo como parte del nuevo sistema nacional forense. Eso está reglamentado en el nuevo Código Procesal Penal. La Ley actual dice que ante ausencia de médicos forenses, hacen de médicos los directores de centros de salud y de hospitales. Pero el actual Código Procesal Penal, establece que en caso de que en el lugar exista un médico forense nombrado por la Corte Suprema de Justicia, entonces él tiene que ser el único que participe en el proceso de recolección de muestras”, expresó por su parte Carrillo.
UCA DISPUESTA
Sobre ese punto, Huete opinó que la institución correspondiente deberá comprobar la calidad y estandarización de este tipo de laboratorios, algo a lo cual la UCA está dispuesta dado que es algo normal en países más desarrollados.
“En países más desarrollados, este tipo de laboratorios están regulados, estandarizados y aprobados. Lo que pasa es que éstos aún son novedosos en Nicaragua y yo creo que hasta ahora el Ministerio de Salud y la Corte Suprema de Justicia van a conocerlos, porque estos estudios son relativamente recientes. Éste es un momento oportuno para que la Policía trate de acercarse un poco más y así utilizar esto de una manera más estandarizada y normada a nivel nacional”, subrayó el especialista.
EL MANEJO DE LA PRUEBA CIENTÍFICA
El abogado Boanerges Ojeda explicó que luego de las reformas penales de 1990, se estableció el sistema de libre apreciación de la prueba, el de libre admisión de la prueba, basado en tres reglas: La lógica jurídica, la experiencia humana y el carácter científico de la prueba.
“Sobre este punto es que se establece que todo avance científico puede ser aplicado como manera probatoria en un juicio. Una prueba de este tipo utilizada como una prueba de carácter pericial, con exactitud y argumentación científica, va a ser determinante para emitir un fallo. Pero esto no significa que esta prueba va a preponderar sobre otra, sino que el juez en su sana crítica deberá apreciar si ésta es más convincente que la otra”, apuntó.
Sin embargo, agregó que el nuevo Código Procesal Penal establece que la prueba científica no podrá ser utilizada, sin que las otras partes conozcan los detalles de la misma y así tener elementos con que respaldarla o incluso impugnarla.
“Actualmente aparece como una prueba pre constituida y hasta que aparece en el proceso, vos empezás a verle los peros. Eso actualmente no garantiza el proceso a la libre defensa, es decir, que hasta que la presentan, vos buscás cómo impugnarla. En el proceso nuevo, vos vas a tener conocimiento previo de que va a ser utilizada esa prueba”, comentó.
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