Análisis
Frente común contra lavado de dinero
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 | Bancos y otras instituciones
financieras deben ser la primera pared contra la entrada de dinero ilícito a Nicaragua |
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Eduardo Cuadra Ferrey especial para la prensa politica@laprensa.com.ni
Estamos por iniciar el año 2002 con nuevas autoridades tanto en el Poder Ejecutivo como en la Asamblea Nacional. Se percibe y han manifestado los dirigentes de los distintos sectores políticos y económicos del país, que debemos apuntarnos a que haya un consenso en fortalecer nuestra identidad de nación, nuestra economía e iniciar un proceso para salir de la pobreza y miseria; lo que conlleva a que es mejor prevenir que lamentarnos en que seamos sujetos de la actividad ilícita del lavado de dinero o de activos.
Jurídicamente, se define el lavado de dinero como todo intento de participar en una transacción monetaria que entrañe bienes derivados de actividades delictivas, entre las que se encuentra el tráfico de estupefacientes, robo, fraude, secuestro, crimen organizado, falsificación de moneda, terrorismo, entre otras.
El lavado de dinero favorece la corrupción, distorsiona la toma de decisiones económicas, agrava los males sociales y amenaza la integridad de las instituciones financieras. Quienes se dedican a esta actividad delictiva también tienen ahora acceso a la velocidad y facilidad de las modernas finanzas electrónicas.
CERRAR FILAS CONTRA LAVADO DE DINERO
Por tanto deberíamos de tener y prepararnos constantemente en dar una respuesta sostenida en contra del lavado de dinero, donde perfectamente se pueden crear estructuras legales, financieras y hacer cumplir la ley; involucrar a los líderes empresariales del sector privado, especialmente del sistema financiero, para apoyar las iniciativas que el nuevo gobierno tome contra el lavado de dinero o de activos; participar activamente en foros internacionales y regionales para aumentar el conocimiento y cooperación contra esta manifestación delictiva o criminal; ser capaces de cumplir los convenios y acuerdos internacionales e intercambiar información con rapidez.
Se necesita fortalecer el aparato investigativo de la Policía Nacional para coadyuvar más eficientemente con el nuevo e importante rol que tendrá la Fiscalía General de la República, más una beligerante supervisión de la Superintendencia de Bancos.
Recordemos que a través del lavado de dinero el delincuente trata de asegurarse de que, al final de cuentas, el delito pague y lo conciben como esencial para lograr el funcionamiento efectivo de toda forma de delincuencia organizada y transnacional.
Las transacciones generalmente las realizan mediante la colocación de las ganancias en instituciones financieras (mediante depósitos, giros cablegráficos y otros medios); estratificando (distanciando el origen de las ganancias procedentes de actividades ilícitas por medio de varias capas de transacciones financieras complejas, recurriendo a distintas variantes); e integrando (proceso de emplear una transacción aparentemente legítima para disfrazar ganancias ilícitas).
LOS SISTEMAS MODERNOS
Los modernos sistemas financieros, además de facilitar el comercio legítimo, permiten también a los delincuentes ordenar el traslado de su capital de procedencia ilícita instantáneamente por medio de redes informativas, además de que se ha comprobado que también el dinero se lava por intermedio de las casas de cambio de moneda, comercio de oro, casinos, vendedores de bienes, compañías de seguros y sociedades mercantiles, servicios de transacciones bancarias privadas, bancos extraterritoriales, sociedades ficticias, zonas de libre comercio, o cualquier otra operación que les pueda encubrir actividades ilícitas.
Los principios de administración de estas empresas ilícitas no son consecuentes con los principios tradicionales de libre mercado de los negocios legítimos, lo que resulta en más efectos negativos macroeconómicos.
El lavado de dinero desenfrenado puede erosionar la integridad de las instituciones financieras de un país; y al estar integrado en el sistema financiero internacional no deja de correr peligro. A medida que los mercados en desarrollo abren sus economías y sectores financieros, pueden llegar a ser progresivamente blancos viables de esta actividad; disminuyen los ingresos tributarios gubernamentales y, por tanto, perjudican indirectamente a los contribuyentes honrados, haciendo más difícil la recaudación de impuestos, más los costos y riesgos sociales que conlleva.
LOS BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES
Se necesita que los bancos y otras instituciones financieras sean la primera pared contra la entrada de dinero ilícito; tomar medidas regulatorias, elaboración de manuales de procedimientos, una amplia supervisión bancaria y un sistema de información de actividades sospechosas, para detectar el lavado de dinero y disuadir de hacerlo. Medidas que deben derivarse de programas específicos enmarcados dentro de una estrategia global con la participación de los distintos sectores y con la diligencia que la prevención requiere antes de lamentarnos
El Grupo de Trabajo de Acción Financiera contra el lavado de dinero o GAFI, que es intergubernamental, con capacidad para trazar políticas, tiene la responsabilidad de examinar las técnicas y tendencias del lavado de dinero, examinar la acción nacional e internacional previa y determinar medidas adicionales contra el lavado de dinero; desde 1990 emitió “Las Cuarentas Recomendaciones” y las “Notas Interpretativas” que cubren el sistema de justicia penal, la aplicación de la ley, el sistema financiero, su regulación y la cooperación internacional.
Aunque no es una convención internacional obligatoria, muchos países han contraído un compromiso político de combatir el lavado de dinero mediante la aplicación de estas recomendaciones.
EL GAFI
El GAFI evalúa el progreso logrado por los países miembros en la aplicación de las Cuarenta Recomendaciones, a través de un ejercicio anual de auto evaluación y un procedimiento de evaluación mutua, teniendo dentro de sus sesiones de trabajo en calidad de observadores al Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Fondo Monetario Internacional (FMI), Grupo de Supervisores Bancarios en el Extranjero (OGBS), la Oficina de Naciones Unidas de Control de Drogas y Prevención del Crimen (UNDCPC) entre otros.
Solo la cooperación internacional sostenida y firme puede contener el lavado de dinero, pero para ello pasa por cumplir con lo que tenemos en nuestra legislación y la adecuación de la misma para la prevención oportuna y evitar los daños que conlleva.
Debe de cumplirse con la creación de la Comisión de Análisis Financiero, como instancia técnica del Consejo Nacional de Lucha Contra las Drogas, establecida en el artículo 23 de la Ley de Reforma y Adiciones a la Ley No. 177, Ley de Estupefacientes, Sicotrópicos y Sustancias Controladas, Ley No. 285, aprobada el 6 de abril de 1999; evaluar si la tipificación de lo que es el delito de lavado de dinero establecida en la misma Ley, debe ampliarse o crear una ley específica a como lo recomiendan especialistas en la materia, para que se persiga y castigue toda actividad delictiva que genere lavado de dinero. 
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