Reportaje especial
Código de la Niñez dice una cosa, pero víctimas sufren otra realidad
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 | Ningún adulto, ni adolescente que cometa un delito sexual debe quedar en libertad, afirma Procurador de la Niñez, Carlos Emilio López |
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Procurador Carlos Emilio López. |
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Luis Alemán luis.aleman@laprensa.com.ni
Existe la falsa idea que un ciudadano por ser adolescente no se le puede someter a la justicia. Los delitos sexuales no deben quedar en la impunidad, ése es el criterio de Carlos Emilio López, Procurador Especial de la Niñez y la Adolescencia para quien ningún adulto o adolescente que comete delitos sexuales debe quedar en libertad.
A partir de los 13 años el muchacho es sujeto de un proceso penal, se le puede investigar, afirma el Procurador, quien reiteró que el Código de la Niñez y la Adolescencia no promueve la impunidad.
La ciudadanía debe saber que el hecho que un adolescente, que ha cometido un delito, sea puesto en libertad, no significa que esté libre de responsabilidad en la comisión de ese o cualquier otro delito, “no significa que el caso haya terminado con la libertad del supuesto implicado, no significa que si es culpable no reciba una sentencia del Juez Penal de Distrito del Adolescente”, explica el Procurador.
Recordó que el Código de la Niñez y la Adolescencia tiene una filosofía jurídica moderna basada en el respeto de los Derechos Humanos, que primero investiga para detener, no como en la legislación actual que primero se detiene para investigar.
Ese axioma lo incorpora el nuevo Código Procesal Penal. Es una garantía procesal que tendrán todos los nicaragüenses no sólo los adolescentes y que choca con la formación hasta ahora existente, de que todo mundo es culpable aunque no exista una sentencia de por medio.
Explicó que la impunidad no está determinada porque el adolescente que cometió un delito está en libertad. Si el proceso se sigue impulsando debe existir una sentencia declarando al adolescente culpable o inocente y si es culpable debe ser privado de libertad. Ya no tiene una filosofía inquisitiva, sino más bien investigativa para demostrar la imputación de un delito.
En ese proceso se debe respetar las garantías establecidas en el Código de la Niñez y la Adolescencia señala el Procurador Carlos Emilio López. 
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