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MARTES 20 DE NOVIEMBRE DEL 2001 / EDICION No. 22558 / ACTUALIZADA 01:30 am
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Una cuestión de actitud

Lo que más claro quedó de las declaraciones del presidente del Consejo Superior de la Contraloría General de la República, Dr. Guillermo Argüello Poessy —que publicamos el domingo 18 de noviembre—, es que según el alto funcionario en Nicaragua prácticamente no hay nada que hacer contra la corrupción gubernamental, por falta de leyes adecuadas.

“Con lo que tenemos ahorita no se puede hacer nada. El enriquecimiento ilícito no es delito… Lo que la ciudadanía legítimamente pretende de nosotros, que es el combate a la corrupción, no tenemos los instrumentos para hacerlo”, argumentó el Dr. Argüello Poessy, quien, sin embargo, puso en tela de juicio las denuncias bien documentadas que ha publicado LA PRENSA sobre el caso de corrupción de los checazos, puesto que según el presidente de la Contraloría hemos “armado una telenovela” en vez de denunciarlo ante la justicia ordinaria.

Pero la verdad es que a diferencia de los funcionarios públicos que por ley están obligados a prevenir y castigar la corrupción —o cuando menos a denunciarla—, pero que esgrimen cualquier pretexto para no hacerlo, LA PRENSA sí está cumpliendo con su deber de informar al público sobre los abusos que se cometen en el poder. Y lo hacemos de manera seria, documentada y publicando parte por parte el resultado de nuestras investigaciones, pero no por “afán telenovelero” como nos acusa el contralor Argüello, sino porque verificamos minuciosamente cada documento, cada evidencia y cada nombre personal, antes de darlos a conocer al público.

Por otro lado, la misión de LA PRENSA es informar con veracidad sobre los casos de corrupción, no denunciarlos formalmente ante la justicia ordinaria. Esto último le corresponde a las autoridades que están obligadas expresamente por la ley para cumplir esa responsabilidad, como la Procuraduría General de Justicia y la Contraloría General de la República, la cual, según la Constitución Política (artículo 156, párrafo segundo) “deberá hacer públicos los resultados de sus investigaciones, y cuando de los mismos se presumieran responsabilidades penales, deberá enviar su investigación a los tribunales de justicia, bajo el apercibimiento de encubridor, si no lo hiciera, de los delitos que posteriormente se determinara que cometieron los investigados”.

Por cierto que el cumplimiento de esta responsabilidad de la Contraloría es determinante para que funcione en Nicaragua un verdadero Estado de Derecho, puesto que el control institucional es lo que fija los límites al ejercicio del poder político y le otorga transparencia y sentido ético al sistema democrático. De manera que es inaceptable la tesis derrotista del Dr. Argüello Poessy —de que no se puede hacer nada contra la corrupción porque no está tipificado el delito de enriquecimiento ilícito y la Ley de la Contraloría “es muy débil”—, ya que el organismo de control por lo menos debería investigar la corrupción y hacer públicas sus pesquisas, tal como lo establece la Constitución Política de la República.

Por supuesto que es muy importante y necesario que haya leyes adecuadas para castigar a quienes abusan del poder y aprovechan sus recursos para incrementar su patrimonio personal. Pero más que un problema de leyes esto es un asunto de actitud, pues de poco o nada sirve que haya leyes que tipifiquen el enriquecimiento ilícito si la honradez no forma parte de la cultura política, si el Estado es manejado como un botín, y si los cargos se le dan como prebendas a los correligionarios, parientes y amigos, en vez de asignarlos como responsabilidades de obligatorio cumplimiento a personas con capacidad y agallas para cumplirlas.

Si de leyes se tratara, el Código Penal tipifica los delitos de Malversación de Caudales Públicos, Fraudes y Exacciones Ilegales, Cohecho, Negocios Incompatibles con el Destino, Peculado y Concusión. Pero en ningún caso estas disposiciones penales se aplican a los altos funcionarios a quienes se les ha denunciado y comprobado participación en los incontables casos de corrupción.

La verdad es que si, por la razón que fuese, cualquiera de los contralores se siente impotente para cumplir sus obligaciones fundamentales, lo mejor que podría hacer —para Nicaragua y para él mismo— sería renunciar a su cargo y dejar que otra persona por lo menos haga públicos los actos de corrupción, tal como lo manda la Constitución Política de la República.  
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