Reportaje especial
Una ley desconocida y con muchos vacíos
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 | Magistrada
expresa que las
nicaragüenses
desconocen la existencia de la Ley de Alimentos y si la conocen
no tienen dinero
para llevar a
cabo los procesos de demanda
alimenticia |
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Debido a la crisis económica, la mayoría de las mujeres se “cansan” de buscar la pensión alimenticia y se dedican a trabajar para sacar adelante a sus hijos. |
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Moisés Martínez moisés.martinez@laprensa.com.ni
De acuerdo a la magistrada de la Corte Suprema de Justicia, Alba Luz Ramos, la existencia de un alto porcentaje de incumplimiento en las resoluciones sobre demandas alimenticias se debe a “vacíos” en la aplicación de la ley.
“En primer lugar existe un desconocimiento de la ley por la mayoría de mujeres y en segundo lugar, aunque lo sepan, no tienen posibilidades económicas para andar de juzgado en juzgado buscando abogados cuando a veces no tienen ni para darle de comer a sus hijos”, señaló.
Ramos recordó que en la década de los 80 existía una oficina manejada por el desaparecido Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y Bienestar (INSSBI) a la cual las mujeres podían acudir, demostrar la paternidad de su compañero y pedir que le retuvieran su sueldo.
Advirtió que las leyes convencionales no resuelven estos problemas, ya que sus raíces vienen de la cultura histórica y educativa de los nicaragüenses. “Podemos hacer mil leyes, pero éstas sólo son papel mojado si se aplican con sesgo de género o sea con discriminación a la mujer”, refirió.
“Éste es un problema no sólo del Poder Legislativo ni del Judicial, sino de todos los sectores de la sociedad. Hay que ver que las legislaciones actuales no benefician a las mujeres. La mayoría de leyes de beneficio a la mujer son iniciativas de organismos de la sociedad civil que luchan por la igualdad de los derechos femeninos. Muy pocas de estas medidas han sido iniciativas del Estado o sus instituciones”, agregó.
Ramos anunció que el próximo año se implementará un proyecto financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo por un monto de doce millones de dólares para la creación de una oficina de ayuda a la afectada por la carencia de una pensión alimenticia y otra dedicada a la orientación del trámite para facilitar el acceso a la justicia.
“Estas oficinas pretenden redundar en un mayor acceso a la justicia y está dirigido principalmente a mujeres que no pueden costear una asesoría especializada por falta de condiciones económicas”, explicó la magistrada.
LEGISLACIÓN NO BENEFICIA A MUJERES
De acuerdo a la doctora Marvis Jirón, presidenta de Ixchen, en Nicaragua existen serios problemas para la justa aplicación de leyes relacionadas con los derechos de las mujeres, especialmente en temas como la pensión alimenticia.
“Las legislaciones están contempladas de una forma en que las mujeres no son beneficiadas realmente. En segundo lugar, tenemos procesos de alimentos que duran hasta doce meses, por lo que se pasa del tiempo que manda la ley de acuerdo al proceso sumario 3-8-3”, resaltó.
Al igual que la magistrada Alba Luz Ramos y la doctora Auxiliadora Meza, Jirón se refirió a la poca capacidad económica de las mujeres que demandan pensión alimenticia para costear la asesoría legal que demanda la ley.
“Los procesos son lentos, ya que son escritos. Además, hay serios problemas en la mentalidad de los jueces, porque no hay aplicación con género. El principio de igualdad jurídica de la Constitución en la realidad no tiene formas prácticas de expresión, pero desafortunadamente las leyes son viejas y la única vía para exigir alimentos es por lo judicial”, agregó la presidenta de Ixchen.
EL PROCEDIMIENTO
Para presentar una demanda de pensión alimenticia el primer paso es acudir al Juzgado del Distrito Civil de la localidad o domicilio de donde provienen los hijos.
Luego, de acuerdo con la Ley de Alimentos en su artículo 64, es necesario que se lleve un previo trámite de mediación para vislumbrar la posibilidad de que las partes lleguen a un acuerdo. En caso contrario, el proceso sigue.
Si se incumple el trámite de mediación, la o el demandante puede solicitar una certificación para ejecutar la sentencia, que puede terminar hasta en un embargo. Si la demanda resulta favorable, se puede llegar a un acuerdo sobre el monto de la pensión, en caso de que el demandado no pueda pagar los dos mil córdobas por mes atrasado que establece la ley. 
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