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Consejo y otros temas
Enrique Peña Hernández
1. CONSEJO. En varias ocasiones me he ocupado de este vocablo y de su inadecuado uso en nuestro país. Es común y frecuente que en las municipalidades se utilice la errónea expresión: “CONSEJO MUNICIPAL”; incluso, en la propia Ley de Municipios aparece.
Se ha insistido en que CONCEJO (con c en el medio) tiene la significación de ayuntamiento, casa consistorial, corporación municipal; y que, por consiguiente, agregarle el calificativo municipal es un vicio denominado redundancia. Empero, se continúa empleando a troche y moche. Debo reconocer que únicamente he leído en los periódicos: “CONSEJO DE LEÓN”. En avisos o anuncios capitalinos se suele decir: “EL CONSEJO MUNICIPAL DE MANAGUA”.
Se hace hincapié en que tal equivocación léxica no solamente se comete en Nicaragua, sino en otros países del mundo hispanohablante; al extremo que, por iniciativa de la Academia Panameña de la Lengua, la Asociación de Academias resolvió se escribiera CONSEJO MUNICIPAL, locución equivalente a CONCEJO. ASÍ QUE CONCEJO es igual a CONSEJO MUNICIPAL.
El miembro de un CONCEJO se llama CONCEJAL y su femenino es CONCEJALA. Aquí se produce otro error: una dama dice de sí misma: “Soy concejal de tal parte”, en vez de “Soy concejala...”
CONSEJO tiene el sentido de cuerpo consultivo, administrativo. Junta, y resulta atinado aplicarle el adjetivo municipal para determinar su significación de ayuntamiento o corporación municipal.
El integrante de un Consejo se denomina Consejero o consejera, según el caso.
Conclusión: A los señores munícipes solicito no vuelvan a incurrir en semejante yerro, que pone en malos términos la lexicografía nicaragüense.
2. MENAJE. En los acuerdos administrativos, escrituras públicas y otros documentos suele emplearse la expresión MENAJE DE CASA, que es un dislate léxico, una redundancia. MENAJE tiene el sentido de muebles y accesorios de una casa; enseres (que son los muebles necesarios o convenientes para el uso doméstico). Así que decir o escribir MENAJE DE CASA constituye vicio de dicción.
3. AJUAR. Por ajuar se entiende los muebles del menaje. Es el conjunto de muebles, enseres y ropas de uso común en la casa. En Nicaragua le damos ese significado a la indumentaria de una boda, bautizo, cumpleaños, etc, con sus correspondientes agregados o adminículos. Esta acepción debe incorporarse al Diccionario, como un nicaragüensismo.
4. BUFETE. En términos forenses o jurídicos tiene el sentido de estudio, oficina o despacho de un abogado o de varios. En Nicaragua se escriben errores garrafales. En letreros y rótulos aparecen las siguientes locuciones viciosas: Bufete de abogados, Bufete legal, Bufete de Leyes, Bufete de Derecho, etc.
En Nicaragua tenemos en vigencia una Ley de Rótulos, pero las autoridades correspondientes no la cumplen ni se empeñan en hacerla cumplir. Es lamentable. |
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