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SUPLEMENTO SEMANAL DEL DIARIO LA PRENSA / MARTES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2000
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LA PRENSA está legal

Ricardo Cuadra García
ricardo.cuadra@laprensa.com.ni


Desde el 1 de septiembre pasado, luego que entrara en vigencia la Ley de Derechos de Autor, el diario LA PRENSA legalizó, semanas atrás, todos sus programas con la representación de Microsoft en Nicaragua.

Estos cursos interactivos fueron adquiridos al comprarle la licencia a la empresa española Mediasat y, ahora, LA PRENSA se convirtió en su distribuidor exclusivo. Los mismos están protegidos por la legislación nicaragüense.

LAS NORMAS ESTABLECEN

Copiar un software sin permiso del titular es una infracción al régimen de los derechos de autor y la ley impone sanciones a los infractores. Usted realiza una “copia” de software cuando:

(1) Carga el software en la memoria temporal de su PC (RAM) al ejecutar el programa desde diskettes o CD-ROM.

(2) Copia el software en el disco duro de su PC.

(3) Ejecuta el programa en su PC llamándolo a través de una red local desde el servidor donde resida o esté almacenado el programa.

Inevitablemente, tendrá que copiar el software en la memoria RAM de su PC cada vez que lo use. Para las leyes sobre derechos de autor de la mayoría de los países hispanohablantes, esta clase de copias, así como las copias que se destinan a fines de seguridad y archivo, constituyen una infracción a los derechos de autor en caso de que no exista expresa autorización licencia del mismo. Solamente las leyes de Chile, España y México permiten esta clase de copias cuando se realizan como un “paso esencial” para la utilización del software o cuando se destinan exclusivamente a copias de seguridad. En cualquier caso, una segunda copia, efectuada en un segundo PC, resultará ilegal salvo que tenga el permiso del titular de los derechos de autor para reproducirla.

En parte, en razón de que las leyes sobre derechos de autor son tan estrictas respecto a la reproducción de copias, el autor otorga la licencia de casi todo el software comercial destinado al PC de usuario final mediante un tipo particular de contrato, llamado “licencia para usuario final”, que Microsoft Corporation denomina “Contrato de licencia de Microsoft” (en este documento, “licencia de Microsoft”).

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