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SáBADO 14 DE OCTUBRE DEL 2000 / EDICION No. 221561 / ACTUALIZADA 12:15 am
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Consejo Regional RAAS coacciona a indígenas

.Indígena denuncia que asesor legal del Consejo Regional, Owen Hodgson, le aconsejó cambiar de abogado

Amalia Morales
amalia.morales@laprensa.com.ni

“Ustedes comenzaron mal. Cómo es posible que pongan un recurso de amparo contra la Policía que trabaja en los Cayos”, eso le dijo en tono de regaño, Owen Hodgson, asesor legal del Consejo Regional del Atlántico Sur, a Ingrid Cuthbert, de la comunidad de Laguna de Perlas, durante un inesperado encuentro.

Cuthbert, miembro de la etnia creol, es una de los 12 líderes indígenas de la Cuenca de Laguna de Perlas que reclaman propiedad sobre los Cayos de Perlas.

Cuthbert cuenta que Hodgson la visitó el pasado seis de octubre en su comunidad, acompañado del presidente del Consejo Regional de la RAAS, Alejandro Mejía.

Ambos, pero sobre todo Hodgson, quisieron persuadir a Cuthbert por el reclamo que ellos mantienen sobre los Cayos y por la acusación que hay en contra de la Policía, que supuestamente está al servicio de Tsokos en los Cayos que compró.

Hodgson le dijo a Cuthbert que cambiaran de abogado y se autosugirió. “Usted sabe que mi trabajo vale dinero”, dijo el asesor legal a la indígena y agregó: “yo tengo una estrategia para conseguir esos Cayos, rápido”.

A la propuesta de Hodgson, Cuthbert respondió categóricamente que no. Entonces el asesor del Consejo Regional golpeó con bastante violencia la mesa de la casa de la indígena, quien molesta les dijo que ella no los había llamado para nada.

Ingrid Cuthbert dice que ellos no confían en el Consejo Regional de la RAAS porque a su juicio nunca se han interesado por sus problemas. Se comportan como “lobos vestidos de oveja”.

Base legal del reclamo

* El reclamo de las etnias de la Costa Atlántica sobre los Cayos de Perlas se basa en la Constitución y el Estatuto de Autonomía.

* El Arto 5 de la Constitución reconoce la existencia de los pueblos indígenas, que gozan de los derechos, deberes y garantías para mantener las formas comunales de propiedad de sus tierras y el goce, uso y disfrute de las mismas, todo de conformidad con la Ley.

* El Arto 180 señala que las comunidades de la Costa Atlántica tienen el derecho de vivir y desarrollarse bajo las formas de organización social que corresponden a sus tradiciones históricas y culturales, lo que es garantizado por el Estado.

* El artículo 36 del Estatuto de Autonomía sostiene que la propiedad comunal la constituyen las tierras, aguas y bosques que han pertenecido tradicionalmente a las comunidades de la Costa Atlántica. Estas no pueden ser donadas, vendidas, embargadas, ni gravadas, y son imprescriptibles.  
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