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LUNES 2 DE OCTUBRE DEL 2000 / EDICION No. 22149 / ACTUALIZADA 01:00 am
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Nicaragua en situacion delicada

Ary Neil Pantoja
aryneil.pantoja@laprensa.com.ni

La no ratificación de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CTT), coloca a Nicaragua en una situación delicada respecto a la jurisprudencia internacional.

Esta situación deja al país “jurídicamente como un Estado no obligado y políticamente muy mal”, considera Augusto Zamora, experto en Derecho Internacional. Sin embargo, Zamora estima que Nicaragua podría ser objeto de sanciones penales, de comprobarse que en el país se llevan a cabo prácticas de torturas, independientemente que no haya ratificado aún la CTT. Según Zamora, la situación se agrava porque Nicaragua es firmante de dicha Convención.

LA PRENSA: ¿Qué significa el hecho que Nicaragua aún no haya ratificado una convención de tanta importancia?

AUGUSTO ZAMORA:La primera consecuencia es que esa Convención no puede ser invocada ni reclamada a Nicaragua en lo referente a su aplicación. Los tratados sólo obligan a los Estados Parte y a Estado Parte sólo se accede por ratificación o adhesión. Es realmente incomprensible que Nicaragua no la haya ratificado todavía y que, por esa razón, aparezca dentro del reducido grupo de países que se oponen a participar en la persecución internacional e interna de esas prácticas atroces.

LP: ¿Qué sucede cuando un país no ratifica un convenio o tratado de carácter internacional?

AZ: Lo ya señalado. Ese tratado no se le aplica. Esto quiere decir que las disposiciones del mismo, a efectos de ese Estado, no existen jurídicamente. La obligación jurídica sólo puede nacer por dos vías, la convencional o positiva y la consuetudinaria o costumbre. En el caso de los tratados, para que éstos entren en vigor, requieren de una manifestación de voluntad del Estado, la que se materializa por medio del acto de ratificación o, en su caso, de adhesión. Esta última figura, la adhesión, surgió de la necesidad de facilitar el acceso a los acuerdos internacionales a los Estados que no hubieran participado en su negociación o firma.

LP: ¿En qué situación queda Nicaragua al no ratificar la Convención?

AZ: Jurídicamente, como un Estado no obligado. Políticamente, muy mal. La Convención de Naciones Unidas Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de 1984, es uno de los principales instrumentos jurídicos internacionales en la lucha de la humanidad para erradicar y, cuando proceda, perseguir esas prácticas odiosas.  
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