Convención contra tortura sin ratificar
 | Según el Cenidh, el 95% de las denuncias contra la Policía sobre violaciones a los derechos ciudadanos, corresponde a malos tratos “que rayan en la tortura” |
 | José Adán Guerra dice que por “descuido” de los gobiernos anteriores Nicaragua no ha ratificado la convención |
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Ary Neil Pantoja aryneil.pantoja@laprensa.com.ni
Nicaragua está en el reducido grupo de países que aún no ha ratificado la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes (CTT), a pesar que ésta fue aprobada por Naciones Unidas y adoptada por decenas de países, desde 1984.
La Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes (CTT), fue discutida y firmada por 58 países y luego se han adherido 70 más, completando 128 naciones del mundo.
En mayo de 1985, durante el gobierno sandinista, Nicaragua se adhirió a esta Convención, pero no ratificó dicho instrumento internacional de Derechos Humanos, por tanto, es uno de los nueve países cuyas autoridades aún no la han ratificado.
Un reciente informe del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), revela que durante el primer semestre del año, un 95% de las denuncias recibidas en contra de la Policía Nacional sobre violaciones a los derechos ciudadanos, corresponde a malos tratos “que rayan en la tortura”.
Los regímenes latinoamericanos de los años 60, 70 y hasta 80, se caracterizaron por practicar la tortura como método de sometimiento en contra de sus adversarios políticos y con el objetivo de obtener información.
En el “mundo moderno y democrático” tales prácticas están proscritas, se consideran crímenes de lesa humanidad y existen convenios y tratados que condenan, tanto la tortura, como cualquier otro trato que denigre al ser humano en su integridad física, síquica y moral.
VICECANCILLER RESPONSABILIZA A GBIERNOS ANTERIORES
El Vicecanciller de la República, Dr. José Adán Guerra, expresó que a causa del “descuido” de los gobiernos anteriores Nicaragua no ha ratificado, no sólo la Convención Contra la Tortura, sino “muchos otros tratados y convenios” de igual o mayor importancia.
Respecto a la Convención Contra la Tortura, Guerra dijo que desde que el gobierno sandinista, encabezado por el entonces presidente Daniel Ortega, suscribió (firma de adhesión) la Convención en 1985, no se ha ratificado. “Tampoco lo hizo el gobierno de la Presidenta Violeta Barrios de Chamorro”, agregó.
“Es hasta ahora que estamos revisando todos los convenios, convenciones y demás tratados internacionales de los cuales Nicaragua es suscriptor, para verificar cuáles están al día y cuáles hay que ratificar”, añadió Guerra.
Según el Canciller por la Ley, en los próximos días enviarán a la Asamblea Nacional un “paquete” de convenios para que sea este Poder del Estado el que decida cuáles habrá de ratificar, por cuanto le compete la ratificación de los tratados internacionales.
Insistió en que “existen varios” convenios recibidos de los gobiernos anteriores que “están en proceso revisión y evaluación”, que serán enviados a la Asamblea Nacional, aunque admitió desconocer la cantidad.
“La Cancillería los recopila, porque aquí son depositados como instrumentos jurídicos internacionales, los entrega a la Presidencia de la República y ésta los envía al Poder Legislativo para su ratificación”, reiteró.
Guerra dijo que no existe un período determinado para que un gobierno ratifique un tratado o convenio internacional. “Por lo general los convenios se suscriben y se ratifican; no existe tiempo para ratificarse... pero en lo que respecta a esta administración los convenios que hemos suscrito tratamos de darle el trámite de ratificación lo más pronto posible”, agregó.
En el caso de la Convención Contra la Tortura, el vicecanciller Guerra dijo que “está bajo revisión para analizar su conveniencia” y luego seguir el trámite ya explicado.
Guerra justificó que “varios” convenios y tratados están “sin ratificar”, porque “en 1990 cuando entró el nuevo gobierno, hubo bastante desorden en las oficinas de la Cancillería”.
DIPUTADO RESPONSABILIZA AL GOBIERNO SANDINISTA
Por su parte, el diputado conservador Adolfo Calero, presidente de la Comisión del Exterior de la Asamblea Nacional y ex dirigente de la Resistencia en la década de los ochenta, dijo que la Convención fue archivada por las autoridades sandinistas, ya que éstas practicaron la tortura durante su gobierno.
“El gobierno sandinista no estaba en condiciones de ratificar una Convención que prohibiera lo que ellos usaban día a día, es decir las tortura y penas crueles, por eso la archivó el entonces Poder Legislativo”, dijo Calero.
Justificó como “olvido” a los gobiernos siguientes, al tiempo que se comprometió a impulsar dentro de la Asamblea Nacional, la ratificación de la Convención Contra la Tortura y de otros tratados internacionales que estén pendientes. “Sobre todo los que tienen que ver con la defensa de los derechos humanos”, expresó.
“Definitivamente que debe ser un olvido (de los gobiernos). Hay muchas convenciones y tratados que no han sido ratificados por varios países y, en muchos casos, se ha encontrado que están confundidos”, añadió.
Calero agregó que actualmente el Secretario General de las Naciones Unidas, Kofi Annan, está “urgiendo” a los países a ratificar los convenios y tratados suscritos a través de la ONU, principalmente los vinculados al respeto de los derechos humanos, y en particular el de la Convención Contra la Tortura.
El parlamentario dijo que el proceso de ratificación de cualquier tratado internacional, es que la Cancillería lo debe enviar a la Secretaría de la Asamblea Nacional, ésta a su vez lo somete a la directiva parlamentaria.
Luego, la junta directiva lo pasa a comisión; la comisión dictamina y lo regresa a la directiva para finalmente someterlo a votación al plenario de la Asamblea Nacional.
LEGISLATIVO TIENE POTESTAD
- El inciso 12 del artículo 138 de la Constitución Política de Nicaragua, define las atribuciones de la Asamblea Nacional, entre las que están la de aprobar o rechazar instrumentos internacionales, a solicitud del Poder Ejecutivo.
- “Aprobar o rechazar los tratados, convenios, pactos, acuerdos y contratos internacionales de carácter económico; de comercio internacional; de integración regional; de defensa y seguridad; los que aumenten el endeudamiento externo o comprometan el crédito de la nación y los que vinculan el ordenamiento jurídico del Estado.
- Dichos instrumentos deberán ser presentados a la Asamblea Nacional en un plazo no mayor de 15 días a partir de la suscripción; solamente podrán ser dictaminados y debatidos en lo general y deberán ser aprobados o rechazados en un plazo no mayor de 60 días a partir de su presentación en la Asamblea Nacional. Vencido el plazo, se tendrá por aprobado para todos los efectos legales”.
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