Centros de radiología operan sin licencia
Karla Marenco L. karla.marenco@laprensa.com.ni
Ninguno de los establecimientos de salud del país que ofrecen servicios de radiología tienen licencia para el uso y manipulación de estas fuentes de radiaciones iozonantes, como lo manda la ley de la materia, siendo un peligro para la salud de la población que se somete a dichos estudios, reveló el presidente de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CONEA), doctor Fabio Morales.
El funcionario del Ministerio de Salud, quien también funge como director del Centro Nacional de Radiología, explicó que ya comenzó a enviarles cartas de aviso a los dueños de establecimientos capitalinos que operan equipos de radiaciones ionizantes, para que el año próximo comiencen a gestionar la licencia ante la CONEA, porque es el organismo nacional encargado de vigilar el estricto cumplimiento de la Ley de Radiaciones Ionizantes (Ley No. 156).
Pero además, según Morales, muchos de los establecimientos no cumplen con los parámetros de construcción que debe tener una sala donde se brindan servicios de radiografías simples o con contraste, mamografía y tomografía axial computarizada, por lo que tendrán que acatar los requisitos o no continuarán funcionando.
Los equipos de radiaciones iozonantes son indispensables como medios diagnóstico de múltiples problemas de salud, pero también pueden generar cáncer en cualquier parte del cuerpo, esterilidad y alteraciones genéticas a la descendencia que trabaja directamente con estos equipos y a los propios pacientes, cuando no se usan adecuadamente y tampoco se cumplen con las normas de seguridad.
NOTIFICAN A 42 LOCALES
Hasta el momento han enviado cartas de aviso a 42 establecimientos de Managua, entre ellos hospitales públicos y privados, clínicas privadas, incluyendo clínicas dentales y también el Aeropuerto Internacional de Nicaragua.
Aunque la Ley 156 fue aprobada en 1993, es hasta ahora que se tratará que los dueños de los establecimientos cumplan con los requisitos porque primero la CONEA debía tener todo un aparato técnico y legal para cumplir y hacer cumplir con la Ley 156 y su reglamento, manifestó el experto.
En otras palabras, contar con la infraestructura tecnológica necesaria y formar a los físicos e inspectores, así como adquirir los equipos para realizar las inspecciones a los establecimientos.
En los últimos años, Morales y su equipo de técnicos se han dedicado a elaborar y aprobar las guías con los requisitos para que las personas obtengan la licencia y poder comenzar a aplicarlas.
CANCELARAN A LOS DEFICIENTES
El director de la CONEA dijo que darán un tiempo prudencial para que los dueños de los establecimientos se pongan al día, pero a aquellos que tengan serias deficiencias en la infraestructura, tendrán que cerrarlos con el apoyo de la Policía Nacional. “Cualquier lugar que diga equipos de rayos X, mamografía, odontología, le mandamos una carta”, advirtió el funcionario.
¿QUE DICE LA LEY 56?
- Arto 5.- Además de facultar a su titular para realizar actividades (radiaciones iozonantes) a que la misma ley se refiere permite legalizar la propiedad de sustancias radiactivas y equipos generadores de radiaciones iozonantes destinados a tal actividad, quedando el titular bajo la supervisión y control de la autoridad competente (en este caso la CONEA).
- Arto 6.- Todas las instalaciones de construcción y/o instalaciones donde se apliquen radiaciones ionizantes deberán ser autorizadas previa revisión de los aspectos de diseño, construcción, sistema de seguridad y radioprotección, conforme las disposiciones reglamentarias que se emitan”.
- Otro aspecto importante de la ley son los equipos de radioprotección que debe utilizar el personal que los maneje, como son los delantales y guantes de plomo, así como los dosímetros para medir los niveles de radiación.
- Actualmente la CONEA está realizando una serie de seminarios a técnicos en radiología para capacitarlos sobre este aspecto, aunque son las unidades médicas las que están en la obligación de proporcionárselos para su protección. 
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