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VIERNES 1 DE DICIEMBRE DEL 2000 / EDICION No. 22209 / ACTUALIZADA 01:00 am

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Banqueros sugieren calma sobre Proyecto de Ley

.Asobanp da a conocer criterios sobre Fondos de Garantía a los Depósitos

Nidia Ruiz López
nidia.ruiz@laprensa.com.ni

A pesar de la necesidad de que en el país exista una Ley de Garantía de Depósitos en Instituciones del Sistema Financiero, los miembros de la Asociación de Bancos Privados (Asobanp) propusieron a la Asamblea Nacional una revisión del contenido del Proyecto de Ley, antes de que sea aprobado por el Plenario.

Adolfo Argüello, gerente general del Banco de la Exportación (Banexpo), dijo que el Proyecto de Ley contiene ciertas debilidades producto de la celeridad con que se envió al Parlamento por el Poder Ejecutivo.

El Proyecto de Ley fue remitido con carácter de urgencia, es decir, que no fue consultado con los involucrados.

Argüello manifestó que propusieron un plan de revisión de toda la ley para que dé la tranquilidad que los ahorrantes se merecen.

Uno de los puntos de discusión es el monto de garantía que establece el Proyecto de Ley, que es de 20,000 dólares, independientemente del número de cuentas que el ahorrante mantenga en la institución financiera.

Argüello manifestó que ellos están pidiendo los soportes numéricos para que se concluya que 20,000 dólares es el monto correcto. Agregó que con este monto se cubre al 80 por ciento de los ahorrantes, y se plantea que la persona que ahorra más dinero analice mejor dónde depositará sus ahorros, pero para ello se necesita que el Sistema Financiero proporcione mayor información sobre los estados financieros.

Indicó que ellos quieren que este monto de los 20,000 dólares se incremente, pero que están a la espera de los análisis del caso.

Uno de los puntos que solicitan sea revisado es que según el artículo 2 del Proyecto de Ley se crea el Fondo de Garantía de los Depósitos (Fogade), el cual tendrá autonomía funcional, presupuestaria y administrativa. Pero el artículo 22 de la misma ley establece que el Fogade no podrá contratar personal alguno.

Una de las dudas que han expresado diversos sectores es que si la cuota inicial del 0.5 por ciento del capital de cada banco y las primas anuales del 1 ó 1.3 por ciento podrían ocasionar una restricción del financiamiento.

Manifestó que esto no ocasiona restricción del crédito, y que se está buscando una fórmula para minimizar el costo al depositante. Explicó que se podría dar el caso que los intereses de los ahorrantes disminuyan en un 0.5 por ciento y se incremente en la misma cifra para los que soliciten crédito.

Todos los sectores esperan que esta ley se apruebe antes de que finalice la presente legislatura, que es el próximo 15 de diciembre.  
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