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MARTES 22 DE AGOSTO DEL 2000 / EDICION No. 22108 / ACTUALIZADA 01:00 am
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CSJ arremete contra Ley 350

.Magistrado Rodolfo Sandino Argüello asegura que ley de lo Contencioso Administrativo “no es buena” y convierte a jueces en “mandaderos”

Janelys Carrillo Barrios
janelys.carrillo@laprensa.com.ni

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) llegó a la conclusión que la Ley de Regulación de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo (Ley 350), se burla del derecho que la Constitución otorga a los nicaragüenses, planteó el magistrado Rodolfo Sandino Argüello.

Así reaccionó éste después de un análisis que lo llevó a concluir que esa ley “no es buena” porque entre otras cosas, “convierte a los jueces locales y de Distrito del país en oficinas de recepción de causas y correos”, y aumenta su ya excesiva carga laboral.

Por otro lado, aseguró que el reglamento trastoca la organización judicial establecida, al facultar al juez local a remitir directamente la denuncia del ciudadano hacia el Tribunal de Apelaciones, pasando por encima de los jueces de Distrito.

A su juicio, de no ser reformada, la aplicación de esta ley estaría rebajando “la dignidad de los jueces que está por encima de esas minucias para impartir justicia pronta y cumplida, y no para simples mandaderos”.

Asimismo, criticó que los artículos 49 y 96, que dan competencia a los Tribunales de Apelaciones para conocer y resolver los conflictos, violan los incisos 10 y 11 del Artículo 164 de la Constitución de la República.

Dichos artículos establecen que es atribución de la CSJ conocer y resolver los conflictos administrativos surgidos entre los organismos de la administración pública y entre éstos y los particulares, así como los de los municipios y entre éstos y los organismos del gobierno central.

ADMINISTRACIÓN LIBERAL NO SERA EMPLAZADA

“No hay tal que con la consulta a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la CSJ se obvió la disposición constitucional que es clarísima: conocer y resolver”, aseguró.

La citada Ley fue promulgada en julio pasado, para castigar a los funcionarios públicos que vulneren los derechos e intereses de los ciudadanos, pero entrará en vigencia hasta el 25 de noviembre del 2001, hecho que según el magistrado Sandino viene a escarnecer aún más al ciudadano.

El magistrado pidió reflexionar sobre el hecho que la Ley empezará a aplicarse cuatro años después que la CSJ envió su proyecto a la Asamblea Nacional.

Como puede verse, para entonces los funcionarios de la actual administración pública no estarán en sus puestos, y por tanto no podrían ser enjuiciados.

El jurista disertó ante un grupo de jueces locales, de Distrito y magistrados de Apelaciones del país, que celebraron el segundo taller para conocer y detectar los errores del estatuto aprobado, buscando impulsar una reforma que cada vez parece inminente.

En su oportunidad, el diputado Edwin Castro Rivera, ex miembro de la Comisión Especial que dictaminó la Ley, desestimó los señalamientos que la Corte ha formulado y aseguró que sí se tomó en cuenta la propuesta que ésta presentó en 1997, antes que el Parlamento la aprobara.  
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